Modalidad 40 del IMSS: el acuerdo oficial cambia nuevas incorporaciones, no elimina el esquema
Las personas inscritas conservan las condiciones contratadas hasta terminar su periodo. Nuevas solicitudes tienen reglas sobre salario de incorporación y fecha de inicio.
El Diario Oficial de la Federación publicó el 21 de octubre el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG del Consejo Técnico del IMSS. Entró en vigor el 22 de octubre e introduce medidas temporales para la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40.
El acuerdo establece que quienes ya estaban inscritos al entrar en vigor la medida permanecerán bajo las condiciones vigentes hasta concluir el periodo contratado. También reconoce expresamente las semanas y los salarios cotizados efectivamente pagados, con efectos para sus futuros derechos pensionarios.
Para personas que concluyan el periodo o busquen incorporarse, la nueva regla toma como referencia el último salario base de cotización al causar baja o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización, sin bajar del salario mínimo general aplicable. Además, el aseguramiento comienza desde la fecha de solicitud, no de forma retroactiva.
Se instruyó realizar un estudio actuarial del efecto de la modalidad dentro de seis meses y desarrollar una posible propuesta normativa posterior; ello no equivale a que ya exista una reforma legislativa aprobada.
La presidenta Claudia Sheinbaum explicó durante su conferencia del 22 de octubre que la administración detectó posibles mecanismos de fraude relacionados con algunas pensiones altas. Esa declaración no acredita que todas las personas usuarias del sistema hayan incurrido en irregularidades.
Antes de decidir cambios en una estrategia personal de jubilación, es indispensable distinguir régimen de Ley 73 o Ley 97, semanas cotizadas, salario registrado, bajas y fechas. Las controversias jurídicas sobre las facultades del Consejo Técnico no deben presentarse como resoluciones judiciales ya emitidas.